Google anunció que a partir del 23/03 prohibirá la publicación de material sexualmente explícito en su plataforma de blogs. Se permitirá publicar desnudos, pero con condiciones.
En un anuncio enviado a los usuarios de la plataforma de blogs de la compañía, Google indicó que las personas ya no podrán "compartir públicamente imágenes y vídeos que sean sexualmente explícitos o muestren desnudos gráficos" en la misma.
Google prohibirá a partir del próximo 23/03 la exhibición pública de pornografía en su sitio Blogger.
En un anuncio enviado a los usuarios de la plataforma de blogs de la compañía, Google indicó que las personas ya no podrán "compartir públicamente imágenes y vídeos que sean sexualmente explícitos o muestren desnudos gráficos” en la misma.
La empresa dijo que aquellos sitios que sigan alojando pornografía después del 23/03 se volverán “privados”. Eso significa que el contenido podrá permanecer allí, pero sólo podrá ser visto por el dueño del sitio y las personas con las que el usuario comparta directamente el blog.
El buscador señaló que no está prohibiendo completamente los desnudos en Blogger. El sitio permitirá la exhibición pública de desnudos “si el contenido ofrece un beneficio público, por ejemplo en contextos artísticos, educativos, documentales o científicos”.
Blogger permitía, en el pasado, contenido para adultos en sus páginas, pero exigía que los usuarios marcaran sus blogs como “adulto”. Esos sitios Blogger venían con una advertencia de "contenido adulto" que aparecía antes que el visitante entrara al sitio.
Se desconoce cuántos sitios se verán afectados por las nuevas normas.
El anuncio forma parte de una campaña más amplia instrumentada por la firma para reducir la cantidad de porno suministrado por su red.
En julio de 2014, Google prohibió que la pornografía apareciera en sus anuncios en línea. Y en 2013, el buscador decidió retirar los blogs que contenían anuncios de sitios porno en Internet.
Este mensaje y la lista de suscriptores a quienes es enviado cumple con lo establecido en la la Ley Nº 25.326 Art. 27 Inc. 3 (Ley de "Habeas Data") de la República Argentina.
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