El Tribunal Superior de Justicia de Madrid volvió pronunciarse este viernes (24/04) en contra de un plan urbanístico acordado entre el Ayuntamiento de la capital española y el club de fútbol Atlético de Madrid, que pretendía levantar rascacielos en los terrenos donde está actualmente emplazado el estadio Vicente Calderón. Con la excusa de la candidatura olímpica para los Juegos de 2016, el Ayuntamiento de Madrid planeó un gran desarrollo urbanístico en San Blas, junto al estadio de La Peineta. Esta decisión de la justicia significó un nuevo golpe para el club rojiblanco tras quedar eliminado de los cuartos de final de la UEFA Champions League a manos del Real Madrid.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid volvió a pronunciarse en contra de un plan urbanístico acordado entre el Ayuntamiento de la capital española y el club de fútbol Atlético de Madrid, que pretendía levantar rascacielos en los terrenos donde está actualmente el estadio Vicente Calderón. En la imagen, el estadio del Vicente Calderón en Madrid (Foto: Reuters)
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24).- Cuando pasaron nada más que dos días de la eliminación del Atlético de Madrid en el partido de vuelta que correspondió a los cuartos de final de la UEFA Champions League a manos del Real Madrid por 1-0, la institución rojiblanca recibió una mala noticia este viernes (24/04) luego de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid volvió a pronunciarse en contra de un plan urbanístico acordado entre el Ayuntamiento de la capital española y el club ‘colchonero’, que pretendía levantar rascacielos en los terrenos donde está emplazado actualmente el estadio Vicente Calderón.
Un cable de la agencia de noticias Reuters reveló este viernes que el TSJ decidió estimar un recurso interpuesto por la asociación Señales de Humo en 2010 contra la modificación por parte de la Comunidad de Madrid del Plan de General de Ordenación Urbana, que permitía edificar por encima de la altura que establece la Ley del Suelo.
En su sentencia el TSJ de Madrid, “procede anular, por no ser conformes a derecho, los particulares de la referida modificación puntual que permiten una edificabilidad general (...) por encima de la referida prohibición legal de edificar una altura superior a tres plantas más ático”.
La Comunidad de Madrid modificó la normativa sobre suelo en 2013 pero, pese a estos cambios, el TSJ consideró que el plan sigue vulnerando la ley.
Esta sentencia confirma otra del mismo tribunal que ya fue adoptada en 2012, pero que fue posteriormente anulada por el Tribunal Supremo por no haber sido emplazada la codemandada Mahou.
Con la excusa de la candidatura olímpica para los Juegos de 2016, el Ayuntamiento puso en marcha un gran plan de desarrollo urbanístico en San Blas, junto al estadio de La Peineta.
El proyecto ideado por el club madrileño apunta a urbanizar los alrededores de la futura Villa Olímpica, se levantaría sobre 5,73 millones de metros cuadrados, una superficie algo más grande que todo el distrito Centro. Los terrenos están limitados al oeste por La Peineta y la M-40, al este por Coslada, al sur por Vicálvaro y al norte por el polígono de Las Mercedes. En un principio, el Ayuntamiento anunció que el ‘distrito olímpico' se haría sólo si Madrid se llevaban a cabo los Juegos. Sin embargo, en ese entonces, el vicealcalde, Manuel Cobo cambió de opinión al considerar que “este ámbito se podría desarrollar, es viable y beneficioso para la ciudad incluso sin los Juegos” y añadió que “en lo nuclear, se desarrollará”.
En esa zona nacerían tres barrios. El norte albergaría la Villa Olímpica, con 3.354 viviendas (de las que 2.155 serán protegidas), hoteles y centros comerciales. En el ámbito de la Villa se instalaría una gran plaza, un lago y zonas verdes, que permanecerían como “legado recreativo” al finalizar los Juegos.
El barrio sur sería la zona comercial y verde. En torno a la M-40 habría un gran centro de compras y un campo de golf de 45 hectáreas. También se construiría un parque central, que estaría rodeado por 3.720 pisos. Las áreas verdes tendrían mucha presencia en el desarrollo. Los tres barrios estarían cruzados de norte a sur por un parque lineal de 720.000 metros cuadrados, casi tan grande como el Parque del Oeste. Las líneas 2 y 7 del metro tendrían dos estaciones en la zona.
Una nota publicada por el diario El País de España informó que la entidad Señales de Humo recurrió ese plan, y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid lo anuló en enero de 2012 al considerar que la operación, que preveía entonces la construcción de torres de 17 pisos, incumplía la ley regional del suelo aprobada en 2007 por Esperanza Aguirre (actual presidenta de la Comunidad de Madrid por el Partido Popular), que prohíbe superar las cuatro alturas.
Según El País después de que el TSJM anulara el plan urbanístico del Calderón por incumplir ese precepto, Aguirre (ahora candidata del PP al Ayuntamiento) insistió en que no cambiaría su ley. Pero la presidenta regional dejó el cargo poco después, en septiembre de 2012, y su sustituto, Ignacio González (PP), sí cambió la norma. En abril de 2013, se matizó que el límite de alturas no sería “de aplicación al suelo que estuviera clasificado como urbano antes de la entrada en vigor de la ley, ni a las futuras modificaciones o revisiones de planeamiento que se tramiten sobre el mismo ni a los instrumentos de planeamiento de desarrollo que lo afecten”.
Además, El País señaló que esa modificación legal debía salvaguardar no ya el plan urbanístico anulado por el TSJM en 2012, que se dio por perdido, sino el nuevo aprobado por el Ayuntamiento en julio de 2014 para sustituirlo, que también prevé superar de largo las cuatro alturas: con dos rascacielos gemelos de 36 pisos y ocho bloques de hasta 22.
La sentencia del 13 de abril no anula el nuevo plan de 2014, porque el recurso se presentó contra el anterior, pero sí incluye argumentos que llevarían a paralizarlo también en caso de ser recurrido ante la justicia, como pretende hacer Señales de Humo cuando sea aprobado definitivamente.
Por último, el TSJM considera que el ámbito del Calderón sí está afectado por la limitación de las alturas, pese al cambio legal de 2013, porque es “un auténtico nuevo desarrollo urbanístico que transforma totalmente el ámbito”.
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